Cambio de comercializador


El Contrato de Condiciones Uniformes de CHEC señala que con excepción de los SUSCRIPTORES Y/O USUARIOS localizados en áreas de servicio exclusivo, y de los contratos a término fijo, el SUSCRIPTOR Y/O USUARIO podrá dar por terminado el contrato de servicio de energía, con el fin de suscribir un contrato con otro comercializador, siempre y cuando cumpla con los requisitos comerciales y técnicos que aquí se describen.

Comercializador. Persona cuya actividad principal es la comercialización de energía eléctrica. Operador de Red de STR's y/o SDL´s (OR). Es la persona encargada de la planeación de la expansión y de las inversiones, operación y mantenimiento de todo o parte de un STR o SDL; los activos pueden ser de su propiedad o de terceros. Para todos los propósitos son las empresas que tienen Cargos por Uso de los STR's y/o SDL´s aprobados por la CREG. El OR siempre debe ser una Empresa de Servicios Públicos.



Comercializadores que prestan el servicio en cada mercado de comercialización
1ISAGEN
2EPM
3EECUNDINAMARCA
4ELECTROHUILA
5DICEL
6EEPEREIRA
7EMGESA
8VATIA
9RUITOQUE
10EECOSTA
11E2 ENERGÍA EFICIENTE
12ENERTOTAL
13ENERMONT

Aprende a hacer un uso eficiente del servicio de energía.

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